PERDONADOS ESTÁN TUS PECADOS…

EL PERDÓN DE LOS PECADOS EN JESÚS Y EN SU IGLESIA.

El título del Tema quizás podría inducirnos a error porque sugiere que vamos a tratar el tema del perdón de los pecados en la práctica de Jesús durante su vida pública de una forma sistemática, cuando en realidad lo que el tema va a estudiar son los  distintos modos cómo la Iglesia ha llevado a cabo el perdón de los pecados a través de su historia.

            De Jesús lo único que queremos decir con relación a esta materia es que Él tuvo una actitud con los pecadores muy distinta de la que tenían las  instancias religiosas de su tiempo con aquellos que eran catalogados como tales.

            Enumeramos de memoria y sin citas algunas de las actitudes de Jesús con estas personas:

1.- Se relaciona con publicanos y pecadores y come con ellos.

2.- Perdona a la prostituta que en casa de Simón le enjuaga los pies con sus lágrimas.

3.- Perdona a la mujer sorprendida en adulterio, con un «yo tampoco te condeno vete en paz y no peques más.»

4.- Afirma que él no ha venido a buscar a los justos sino a los pecadores.

5.-Son los enfermos los que tienen necesidad de médico y no los sanos.

6.-Dice que hay más alegría en el cielo por un pecador que se convierte que por 99 justos que no necesitan convertirse.

7.- Enseña que el pecador arrodillado a los pies del templo salió perdonado mientras que el justo cumplidor de todos los preceptos salió sin justificar.

8.- Llama a Leví el publicano a que le siga.

9.- Come en casa de Zaqueo a pesar de que su comportamiento era el de un pecador público.

10.-Enseña a través de parábolas, el hijo pródigo, el pastor que pierde una oveja, la mujer que pierde una joya de gran valor, etc cual  es el comportamiento de Dios con los pecadores.

11.-Perdona al buen ladrón condenado a la cruz como él con un simple hoy estarás conmigo en el paraíso.

12.-Se atribuye el poder de perdonar pecados como ocurrió con el paralítico: tus pecados están perdonados.

13.- Le acusan de blasfemo por dar el perdón a los pecadores.

14.- Lo acusan de comilón y borracho.

15.- Lo consideran como un pecador porque viola la ley del sábado a pesar de que se sienten interrogados de como es posible que un pecador como él pueda hacer las obras prodigiosas que realiza, por ello dicen que las hace en nombre de Belzebú.

      EL PERDÓN DE LOS PECADOS EN LA IGLESIA.

Y tras esta enumeración que seguramente no es completa pasamos a la segunda parte del tema, que es, como dice el titulo el perdón de los pecados en la Iglesia. El tema  es exclusivamente de carácter histórico, los puntos que vamos a estudiar los resumimos en los siguientes apartados:

1.- Resumen histórico de la disciplina penitencial para el perdón de los pecados  de la Iglesia hasta llegar   a la “confesión actual.

2.-Los pecados que deben ser sometidos a la penitencia para ser perdonados.

3.-Los ritos usados por la Iglesia  para perdonar los pecados a través de la historia.

4.- La penitencia como sacramento.

5.- Formas especiales de  llevar a cabo el perdón.

 6.- La absolución sacramental y su relación con el perdón de los pecados.

 TUS PECADOS ESTÁN PERDONADOS. MARCELO GRANDE. MIGUELTURRA. C. REAL. ESPAÑA.

1.-RESUMEN HISTÓRICO DE LA DISCIPLINA PENITENCIAL PARA EL PERDÓN DE LOS PECADOS  DE LA IGLESIA  HASTA LLEGAR A LA “CONFESIÓN” ACTUAL.

Antes de entrar en el Resumen histórico al que nos referimos, advertir que la Iglesia desde sus orígenes fundada en las palabras  de Cristo a los apóstoles : a quienes perdoneis los pecados les quedan perdonados a quienes se los retengais les quedan retenidos, siempre ha tenido conciencia del poder recibido de perdonar los pecados, y no sólo eso sino siempre ha tenido conciencia de que como consecuencia de ese poder, también tuvo  y tiene conciencia de poder determinar el modo, la forma o el rito , de dar ese perdón, algo que ha llevado a cabo de formas distintas de acuerdo con la naturaleza de los tiempos.

Dicho esto pasamos a repasar el proceso histórico.

   Lo primero que pone este párrafo en evidencia es que la disciplina de la iglesia para el perdón de los pecados no ha sido siempre la misma.

            Se suele decir que la diferencia entre la iglesia primitiva y época patrística y del tiempo actual está en que entonces la penitencia para el perdón de los pecados  era pública y en la actualidad es privada.

            En realidad tal afirmación no es ni histórica ni teológicamente cierta, porque  tanto en la antigüedad como en la actualidad la actitud de la iglesia ante el pecador tenía y tiene  un carácter público puesto que quien ha cometido un pecado grave queda excluido de la eucaristía sacramento fundamental de la Iglesia y se le impone la obligación de confesarse. La diferencia, en lo que se refiere a la publicidad entre el ayer y el hoy está, sólo en el rito empleado para el perdón y la reconciliación con la Iglesia.

            La verdadera diferencia entre la práctica penitencial de la iglesia del pasado y la actual está en que la reconciliación y el perdón de los pecados cometidos después del bautismo  sólo se podía recibir una sola vez en la vida, mientras que en la actualidad puede obtenerse repetidas veces, a voluntad del pecador.

            Esta rigurosa práctica primitiva en los siglos II y III se fundaba, tal como lo atestigua por primera vez el autor del Pastor Hermas, en la convicción de un inminente fin del mundo.

            Esta práctica,  sin embargo, continuó varios siglos más,  siendo entonces  una medida contra el laxismo  existente en las comunidades cristianas, intentando con ella un comportamiento más acorde con el evangelio.

PERDÓN EN EL LECHO DE MUERTE.

            Las consecuencias de esta práctica produjeron un efecto contrario al que con ella se buscaba pues los pecadores dejaban de ordinario la petición del perdón y la reconciliación hasta bien entrada la vejez y hasta el lecho de muerte, de esta forma pensaban que se aseguraban las salvación, por un lado, y por otro, se veían libres de las rigurosas penitencias que se solían imponer a los pecadores que obtenían el perdón.

            Otra de las consecuencias negativas de esta práctica a partir del siglo VI fue la separación entre el aspecto jurídico  y disciplinar del pecado de su contenido teológico por el que quedaba privado de la amistad con Dios.

            El cambio definitivo del sacramento de la penitencia se inició en  el siglo VI, según lo atestigua Teodoro de Tarso que fue nombrado arzobispo de Canterbury en 668, ( Paenitentiale Theodori I,13) quien  como digo, testifica, que las iglesias irlandesas y anglosajonas admitieron que cada uno de los fieles pudieran  repetir la penitencia.

            En el siglo VIII , esta práctica ya se había extendido a todo el continente europeo.

            En el siglo IX se pasa a exigir la práctica periódica de la penitencia todos los años en tiempo de cuaresma o tres veces al año.

            En el siglo XII se hace obligatoria la confesión anual.

            El IV concilio de Letrán establece en 1215 esta obligación de una vez al año por lo menos, a  aquellos que hubieran cometido pecado mortal.

            Hoy se recuerda aún el  Catecismo de Ripalda que hablando de los mandamientos de la  Iglesia decía” el  segundo confesar los pecados  mortales  a lo menos una vez dentro del año , en peligro de muerte o si se ha de comulgar.

Asesinado en pleno 5 y 10; suman 35 en lo que va del mes

ASESINADO EN MEDIO DE LA CALLE.

 2.- PECADOS QUE  DESDE EL PUNTO DE VISTA HISTÓRICO   DEBÍAN SOMETERSE  A LA PENITENCIA.

La fe católica jamás ha enseñado que el poder de la Iglesia de perdonar pecados estuviese reducida por ninguna clase de pecado  por muy grave que fuese, lo que sí es cierto es que la Iglesia primitiva examinaba muy seriamente si un pecador reunía las condiciones necesarias para recibir el perdón, tal exigencia  tenía su fundamento en algunos textos bíblicos especialmente de la carta a los Hebreos en ella por ejemplo  se dice: “ porque quien una vez iluminados gustaron el don celestial y fueron hechos partícipes del Espíritu Santo, gustando de la Palabra de Dios y los prodigios del siglo venidero, y cayeron en la apostasía, es imposible que sean renovados otra vez a penitencia, pues de nuevo crucifican para sí mismos al Hijo de Dios y le exponen a la afrenta”( Heb. 6,4 s.s.)

            Aunque este texto puede referirse directamente al bautismo que no puede ser reiterado y se olvida del sacramento de la penitencia, pero es expresión de la actitud rigurosa de la primitiva iglesia con relación a ciertos pecados, esta misma actitud puede verse en Heb. 10,26;2,12-16; 1ª Jn 5,16.

            Esta rigurosidad llegó incluso a negar la penitencia en algunos casos, sobre todo en España y Norte de África, y siendo la base de las herejías del montanismo y del novacianismo  que por razones teológicas pretendían excluir de la iglesia para siempre  a quienes hubiesen cometido alguno de los pecados  capitales:  es decir apostasía, homicidios y adulterio.

            El Concilio de Nicea el año 325, ( Cf. D.55) condenó estas herejías y hablaba de la obligatoriedad de someter a la penitencia estos TRES pecados.

            Orígenes habla ya de la obligatoriedad de someter a la penitencia los pecados ocultos.

            En la época patrística se desarrolla el concepto de pecado mortal, el IV Concilio de Letrán determinó como precepto de la Iglesia someter a la confesión penitencial todos los llamados pecados mortales, tal y como viene siendo obligado hasta nuestros días.

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 3.-RITOS USADOS  POR LA  IGLESIA PARA PERDONAR LOS PECADOS A TRAVÉS DE LA HISTORIA.

 Los datos existentes permiten determinar el rito utilizado por la Iglesia para perdonar al pecador a partir del siglo III.

            El primer paso del rito se iniciaba con la confesión de su pecado ante el representante de la Iglesia. Esta confesión era individual y privada sólo el confesor debía conocer el pecado confesado.  El segundo paso era la imposición de una penitencia que hacia visible su  condición de penitente ; esta penitencia podría ser varia, obras penitenciales, vestidura penitencial, ocupar el lugar de los penitentes en el templo etc. El tercer paso era el de la reconciliación o absolución del pecador. En algunos lugares la  absolución se llevaba cabo a las pocas semanas, pero en la mayoría de las veces el tiempo era mayor, y en no pocas circunstancias se aplazaba hasta la hora de la muerte. El rito de la reconciliación consistía en una oración y la imposición de  manos del Obispo, y en la Iglesia oriental se añadía unción,  y normalmente se hacia el jueves santo, el acto de la reconciliación era público. El cuarto paso era el del cumplimiento de las obras satisfactoria impuestas tras la reconciliación.

                        A partir del siglo IV  se establece una regulación precisa del rito que tendió a hacerse universal en toda la iglesia, esta regulación supuso la reducción del tiempo de la penitencia que en tiempos de Inocencio I y León I se equiparó  al tiempo de la cuaresma,  y  a su vez la reconciliación podía hacerla un sacerdote y en cualquier tiempo y no sólo el Jueves Santo. En la época patrística se consideró como la parte principal del rito el cumplimiento de las obras satisfactorias después de la absolución. Los cuatro pasos del rito se conservaron pero con estas nuevas modalidades.

                        A partir del siglo VIII tal como se indicó en el punto primero se extendió a toda la Iglesia  la práctica por la que el sacramento podía repetirse tantas veces cuantas el pecador quisiese, a partir de esta fecha la confesión de los pecados que siempre fue privada y secreta pasó a convertirse en la parte principal del rito sacramental, y por ello el sacramento comenzó a llamarse el de la confesión. Los libros penitenciales contenían detalladamente la penitencia que debía imponerse tras la confesión, ya mucho más suaves, por lo que la penitencia se denominada tarifada , es decir determinada por los libros penitenciales de acuerdo con la naturaleza de los pecados confesados. Los libros penitenciales a finales del siglo VIII dividía el rito en dos partes la primera era la confesión de los pecados e imposición de la penitencia la segunda parte la reconciliación mediante una oración y la imposición de manos

                        A partir del siglo IX se unieron estas dos partes: 1.- Confesión. 2.- Penitencia.3. Absolución 4.- Obras de satisfacción . Estas cuatro partes se realizaban a la vez, ante  el sacerdote o el obispo.

                        A partir del Concilio de Trento el rito del proceso penitencial se redujo prácticamente a tres pasos: 1.- Confesión de los pecados.2.- Absolución   de los mismos 3.- Imposición de obras satisfactorias. He dicho prácticamente , pues en verdad se conservaron los cuatro momentos del proceso penitencial, puesto que la Confesión de los pecados ante el sacerdote que debía ser detallada, indicando el número de veces que se había cometido cada pecado, las circunstancias en las que se había hecho, eso que técnicamente se llamó confesión numérica y específica de cada pecado, fue considerada como una penitencia por la violencia y dificultad y vergüenza que en algunos casos podía conllevar tal confesión.

4.-EL PROCESO PENITENCIAL COMO SACRAMENTO.

La convicción de que la forma de actuar de la Iglesia con los pecadores tenía influjo en orden a la salvación o condenación de los mismos fue unánime desde los comienzos de la Iglesia tal convicción aparece de forma especialmente clara en autores Tertuliano, Orígenes, san Cipriano. También los padres de la Iglesia : Ambrosio, Agustín, Jerónimo etc. afirman expresamente que el rito de la  absolución o reconciliación con la Iglesia significa una nueva infusión del Espíritu Santo, y destacan que reconciliación con la Iglesia es igual a reconciliación  con Dios.

                        Desde el siglo XII el número de los sacramentos quedó fijado en siete, entre ellos el proceso penitencial. Esta sacramentalidad no fue impugnada por la Iglesia Oriental destacando igualmente el sentido eclesial concedido por la absolución o reconciliación, tal sentido se perdió a partir de la controversia teológica con Wiclef y Hus, que negaban la pertenencia a la Iglesia de los pecadores, mientras que la doctrina católica afirmaba que los pecadores no dejaban de pertenecer a la Iglesia por esta condicción, por lo que el sacramento de la reconciliación o penitencia perdió su sentido eclesial, adquiriendo una matiz más individualista, la penitencia no significaba por lo tanto una reconciliación con la iglesia que el pecado no había roto, sino la reconciliación con  Dios.

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 MONJES ANTES  DE SU REUNIÓN CAPITULAR.

5.-FORMAS ESPECIALES DE CONCEDER EL PERDÓN.

                          La historia nos da cuenta de la existencia de formas especiales del proceso penitencial. Podemos mencionar entre ellas   el proceso penitencial seguido con los clérigos y herejes en los siglos IV y V.

            Otra de las formas en las iglesias orientales  en los siglos V y VI era la confesión de los pecados hecha a monjes que no eran sacerdotes la cual se mantuvo hasta el siglo XIV.

            También la llamada penitencia claustral es decir el ingreso en un monasterio a un pecador arrepentido a quien se le había impuesto una penitencia durante todo su vida, por ejemplo la abstención del uso matrimonial, atestiguada en el siglo V.

            Finalmente la obligación de confesar sus pecados a un seglar en el caso de falta de sacerdote que fue considerada obligatoria en Occidente desde el siglo XI al XIV.

SACRAMENTO DE LA PENITENCIA, RECONCILIACIÓN O CONFESIÓN – Comunidad ...

 6.- LA ABSOLUCIÓN SACRAMENTAL Y SU RELACIÓN CON EL PERDÓN DE LOS PECADOS.

 Hemos visto como la mayoría de los Padres de la Iglesia afirmaba que la reconciliación o absolución de los pecados a través del rito penitencial era el medio por el que el pecador recibía el perdón de los pecados cometidos después del bautismo, sin embargo algunos Padres valoran tanto la actitud subjetiva del pecador que se arrepiente antes de la confesión, que dan a entender que la absolución no es el medio por el que se logra el perdón de los pecados, sino el arrepentimiento del pecador, en este caso la absolución tendría unicamente el valor de una declaración de que estaba perdonado.

            Esta idea llegó a ser una convicción entre los teólogos escolásticos quienes afirmaban que lo que realmente perdonaba los pecados era el arrepentimiento del pecador de forma que al confesarse si el pecador está realmente arrepentido ya se le había perdonado su culpa. Hasta mediados del siglo XIII, aunque se declara la obligación de confesarse, no se dice que la absolución sacerdotal influya en el perdón de los pecados, a la misma le atribuyen otros efectos: mera declaración de que su pecado está perdonado, perdón del reato de pena que conlleva cada pecado mortal, transformación de un pecado perdonado condicionalmente  en un perdón absoluto etc.

            El mismo Tomás de Aquino considera que lo normal es que se acerque al sacramento de la penitencia una persona que ya ha sido perdonada y justificada en virtud de su arrepentimiento, aunque matiza que un pecador a quien falta el arrepentimiento sin mala voluntad por su parte, recibe el verdadero arrepentimiento por la gracia de la absolución sacramental y con ello el perdón.

            A partir del siglo XIV la teología occidental llegó a la convicción  de que el perdón de los pecados mortales cometidos después del bautismo eran perdonados por el sacramento de la penitencia llegando así  a lo que fue la doctrina constante de la Iglesia hasta nuestros días, salvo las excepciones que hemos dejado apuntadas.

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